La Corte Suprema de Justicia de la Nación reconoció la legitimación activa de la Unión de Consumidores de Argentina en una causa contra una telefónica por su servicio móvil. Enterate de los detalles y leé el fallo en esta nota
Con fecha 15 de Julio de 2014, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó sentencia en los autos “UNIÓN DE CONSUMIDORES DE ARGENTINA c/ CTI PCS S.A. s/ sumarísimo”, a favor de la legitimación activa de nuestra Asociación, haciendo referencia a los precedentes “PADEC” y “Consumidores Financieros”.
La Corte sostuvo que: “…en el caso concreto el reclamo patrimonial puede ser distinto para cada damnificado en cuanto a su extensión, pero tiene su origen en una conducta común -que los afecta de manera similar a cada uno de ellos- consistente en la facturación y el cobro por parte de la demandada de los cargos “por pago fuera de término” y “por gestión de cobranza”, cuya alegada ilegitimidad deberá ser examinada y -de corresponder- declarada judicialmente para generar la obligación de restitución de lo que, a raíz de esa eventual declaración, constituiría un pago indebido.”
Se adjunta dicha sentencia.
Ver el fallo: Unión de Consumidores de Argentina c- CTI PCS SA s- sumarísimo
Por UNIÓN DE CONSUMIDORES DE ARGENTINA
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